Constituirán en Cuba Consejos Electorales provinciales y municipales
Los consejos electorales provinciales y municipales serán constituidos en toda Cuba en actos solemnes entre el 18 y el 27 de septiembre.
Previo a este paso los integrantes de dichos órganos fueron elegidos o designados en correspondencia con lo regulado en la Ley 127 -Ley Electoral-, refrendada el pasado 13 de julio en sesión de la Asamblea Nacional del Poder Popular, correspondiente al tercer Periodo Ordinario de sesiones de la Novena Legislatura.
Tomarán posesión de sus cargos en las respectivas localidades y en presencia de representantes del Consejo Electoral de la instancia superior.
Según lo dispuesto en la Ley, los consejos electorales tienen en cada nivel la función de organizar, dirigir y asegurar los procesos electorales, las consultas populares cuando correspondan, los referendos y plebiscitos que se convoquen.
De igual forma, los consejos tienen un carácter permanente, son las máximas autoridades electorales en sus respectivos territorios, actúan con total independencia de cualquier otro órgano local, solo deben apego y obediencia a la Constitución de la República de Cuba, a las leyes y únicamente rinden cuenta al Consejo Electoral Nacional.
Fuente: ACN/imop
