Perfeccionan en Cuba sistema de protección al consumidor

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El Ministerio de Comercio Interior (Mincin) emitió la Instrucción número 5 de 2019 para perfeccionar el sistema de protección al consumidor, mediante la compensación y los tiempos de garantía de los productos y servicios prestados, la cual acaba de ser publicada en la Gaceta Oficial.

La Instrucción de la titular del Mincin, Betsy Díaz Velázquez, describe los problemas o defectos del producto o el servicio adquirido que dan derecho al consumidor a ser compensado en el período que transcurre la garantía de lo adquirido, así como también los tipos de compensación a que tiene derecho la persona.

El consumidor puede ser compensado, dentro del período de garantía comercial, cuando el producto o servicio no se corresponde con la calidad, no posee el contenido neto, no sea apto para el uso al cual está destinado, sufre averías, pérdida o cuando surja algún fallo en la prestación del servicio.

La compensación comprende reparación o asistencia técnica por única vez, sin costo adicional para el consumidor, sustitución del producto o prestación del servicio por otro de iguales o similares características, abono del valor del producto o servicio, siempre que la sustitución o nueva prestación no sea posible y disculpas de buena voluntad en todo caso.

Sobre los tiempos de garantía vale destacar que el plazo debe interrumpirse durante el período de tiempo en que el bien permanezca en la unidad comercializadora para ser reparado y agregar este lapso de tiempo a la garantía inicial, una vez concluido el servicio.

La normativa, dirigida a perfeccionar los procesos de protección al consumidor en el país, se aplica a la prestación de servicios gastronómicos, personales, técnicos comerciales, técnicos de uso doméstico, alojamiento de subordinación local y la venta de mercancías comercializadas en la red minorista, tanto estatales como no estatales.

Esta Instrucción complementa la Resolución número 54 de 2018 -Indicaciones para la organización y ejecución de la protección al consumidor en el sistema de comercio interno-, la cual fija, “como derecho de los consumidores, contar con garantía, compensación, indemnización y reparación por daños y perjuicios causados, cuando corresponda”.

La Instrucción número 5 de 2019 entrará en vigor a los 30 días naturales posteriores a su publicación en la Gaceta Oficial, por lo que las entidades de comercio interno deberán reglamentar a ese fin el procedimiento para la compensación al consumidor en el ámbito de su competencia.

Fuente: ACN.

fny

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